Publicador de contenidos

TRÁMITES Y GESTIONES DEL DEPARTAMENTO DE OBRAS Y CALIDAD DE LA EDIFICACIÓN

Antes de ejecutar una obra debe tener en cuenta que puede necesitar licencia urbanística o comunicación previa.

Las actuaciones de escasa entidad constructiva con carácter general son actuaciones sujetas a comunicación previa y no a licencia urbanística. En cada uno de los modelos normalizados de comunicación previa hay una relación bastante exhaustiva del tipo de actuaciones que se sujetan a comunicación previa.

En cambio, actuaciones como: obra de nueva planta, demoliciones, ampliaciones, refuerzos estructurales, cerramiento de solares o parcelas. Están sujetos a licencia urbanística municipal.

A la finalización de una actuación de las sujetas a licencia urbanística, será preceptiva la obtención de la licencia de primera ocupación o utilización.

Fecha última modificación: 8 de agosto de 2024